¿Ya no tendremos que renovar más la licencia para conducir?

Un proyecto de ley e iniciativas llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo buscan eliminar el vencimiento de las licencias de conducir y digitalizar por completo el trámite de revalidación del documento.

El gobierno nacional avanza con la iniciativa de eliminar el vencimiento de las licencias de conducir de los conductores particulares. Esto lo confirmó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien también citó el proyecto de ley que presentó la diputada del PRO Patricia Vásquez, anunciado el 19 de julio.

Esta iniciativa legislativa modificaría el artículo 13 de la ley Nacional de Tránsito N°24.449 ya que se otorgarían “licencias de conducir en sus categorías no profesionales sin fecha de vencimiento”. Asimismo, a los conductores se les exigiría “presentar cada cinco años una declaración jurada e informar su aptitud psicofísica para conducir mediante un certificado emitido por un médico acreditado por la autoridad de aplicación”. Los conductores profesionales, de transporte de pasajeros o de carga, sí deberán hacer una renovación cada cinco años. Y también estipula sanciones y suspensión de la licencia para conductores en 'infracción'.

Por otro lado, hace alusión a un sistema de puntos que se le asigna a cada conductor -aún no está claro cómo se harán los controles y el seguimiento- y también se expresa sobre la capacitación de médicos que tendrán que hacer un curso para ser parte de un registro de profesionales que estarán habilitados para expedir los certificados de aptitud.

Como todo proyecto legislativo, desde la idea hasta la sanción de una nueva ley, hay muchos pasos y plazos que deben cumplimentarse, como la conformación de las comisiones que deben analizar y aprobar la propuesta, y la votación misma en ambas cámaras del Congreso Nacional. Si la decisión surge del Poder Ejecutivo los plazos se acelerarían, aunque habría que esperar hasta la reglamentación e implementación.

Los argumentos a favor apuntan a un ”cambio cultural, a trasladar al ciudadano una responsabilidad con libertad, que tiene que cumplir, y con consecuencias que también se cumplan”. Supuestamente, el sistema actual acostumbra a no aplicar las penas y las multas que se pagan. Este proyecto también se fundamenta en que hay países en los que las licencias no tienen vencimiento. Por ejemplo, la Unión Europea aumentó a 15 años la renovación de las categorías no profesionales. Países como Reino Unido, Suiza o Singapur tienen licencias sin necesidad de renovación hasta los 65/70 años, respectivamente.

Quienes contradicen esta propuesta apuntan a que en la mayoría de los países de Europa las licencias tienen vencimiento. Argumentan también que si este proyecto se convierte en ley implicaría el fin del scoring, de las suspensiones por hechos de violencia vial, del pago de multas, de la inhabilitación por ineptitud y de la actualización normativa.

Organizaciones no gubernamentales como Madres del dolor también reclamaron ser consultadas, así como otras asociaciones de familiares de víctimas y expertos en seguridad vial. Si el proyecto avanza en Diputados, el tratamiento en comisión podría convocarlos. Pero si, en cambio, se resuelve por decreto, como trascendió, será sin pasar por estas instancias.

Igualmente, como ocurrió con otras leyes, por ejemplo la Ley de alcohol 0, cada provincia, y la Ciudad de Buenos Aires, pueden adherir o no a los cambios.

Hasta el momento, renovar la licencia de conducir en la Argentina implica gastar, aproximadamente, $20.000 entre el costo del trámite y el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT); valor que puede modificarse según la jurisdicción donde se tramite. Además, hay que someterse a un examen psicofísico donde se evalúan las capacidades visuales y auditivas.

Por lo anterior, hasta tanto no se implemente un cambio en la norma existente, es bueno recordar qué documentación resulta necesaria para renovar la licencia de conducir:

  • DNI con domicilio actualizado y fotocopia.
  • Licencia anterior o denuncia que acredite el robo, pérdida, etc., según el caso.
  • Si la persona cambió de domicilio necesita Certificado de Legalidad de la Licencia de Conducir, sólo si la licencia no es nacional y es de otra jurisdicción.
  • Examen psicofísico. Si la persona es mayor de 65 tiene que realizar el examen teórico y práctico.
  • Pago del Ce.N.A.T (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito).
  • La vigencia máxima de 5 años puede ser disminuida por la autoridad responsable, según cada caso en particular y conforme con la normativa vigente.